
Liquidación por despido: cuánto te toca y cómo se calcula (2026)
Contenido del artículo
- 01¿Qué es la liquidación por despido y cuánto te toca?
- 02Liquidación o finiquito: cómo saber cuál te toca
- 03Qué incluye la liquidación por despido injustificado
- 04Cómo se calcula la liquidación paso a paso
- 05Ejemplo real: liquidación de alguien que gana $18,000 al mes
- 06Tabla de referencia: cuánto es la liquidación según tu salario y antigüedad
- 07Prima de antigüedad: el concepto que casi nadie reclama
- 08Impuestos: cuánto ISR te retienen de la liquidación
- 09Liquidación por despido en LATAM: México, Colombia, Argentina, Perú y Chile
- 10Qué hacer si no te pagan o te pagan de menos
- 11Después de la liquidación: tu siguiente paso
En resumen: la liquidación por despido es lo que te debe pagar la empresa cuando te despide sin causa justificada. Se compone de tu finiquito (lo que ya ganaste: días trabajados, aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales) más una indemnización: 3 meses de salario, 20 días de salario por año trabajado en los supuestos del artículo 50 de la LFT, y la prima de antigüedad de 12 días por año. Si renunciaste, no hay indemnización: solo te toca finiquito.
Te despidieron y te ofrecen una cifra. La pregunta inmediata es si esa cifra está bien o te están viendo la cara. Esta guía desglosa la liquidación por despido concepto por concepto, con las fórmulas exactas de la Ley Federal del Trabajo (LFT), un ejemplo numérico completo, y qué cambia si estás en Colombia, Argentina, Perú o Chile. Al final vas a poder calcular tu caso y detectar si el cálculo que te presentaron se quedó corto.
¿Qué es la liquidación por despido y cuánto te toca?
La liquidación por despido es el pago total que recibes cuando la empresa termina la relación laboral sin una causa justificada. Incluye dos bloques distintos: lo que ya te habías ganado (el finiquito) y una compensación por el despido en sí (la indemnización). Esa segunda parte es la que marca la diferencia y la que suele faltar en las ofertas iniciales.
La distinción importa porque el finiquito lo cobras siempre que termina un contrato, sin importar el motivo. La indemnización solo aparece cuando el despido fue injustificado, cuando la empresa cierra, o cuando tú rescindes el contrato por una causa imputable al patrón (artículo 51 de la LFT), por ejemplo acoso o falta de pago.
Si lo que buscas es el detalle del primer bloque, lo desglosamos en nuestra guía de finiquito: qué es, qué incluye y cómo se calcula. Aquí nos concentramos en la parte que casi nadie te explica: la indemnización.
Liquidación o finiquito: cómo saber cuál te toca
Si lo tuyo fue una renuncia y no un despido, lo que te toca es solo el finiquito: consulta cuánto te toca de finiquito según tu sueldo y antigüedad con las tablas ya calculadas para 2026.
Te toca liquidación (finiquito + indemnización) si la salida no fue decisión tuya ni culpa tuya. Te toca solo finiquito si renunciaste voluntariamente o si el despido fue justificado y documentado conforme al artículo 47 de la LFT. Esta tabla resuelve la mayoría de los casos: Para separar los dos conceptos en detalle, con tabla comparativa y las exenciones de ISR aplicadas, consulta la guía de liquidación laboral y su diferencia con el finiquito.
Motivo de la salida | ¿Finiquito? | ¿Indemnización? | Qué te corresponde |
|---|---|---|---|
Renuncia voluntaria | Sí | No | Solo finiquito (+ prima de antigüedad si tienes 15 años o más) |
Despido injustificado | Sí | Sí | Finiquito + 3 meses + 20 días por año + prima de antigüedad |
Despido justificado (Art. 47) | Sí | No | Solo finiquito. La empresa debe entregarte aviso por escrito |
Fin de contrato temporal | Sí | No | Solo finiquito, salvo pacto en contrario |
Cierre de la empresa o recorte | Sí | Sí | Finiquito + 3 meses + prima de antigüedad (Art. 436 LFT) |
Rescisión por causa del patrón (Art. 51) | Sí | Sí | Igual que un despido injustificado |
Mutuo acuerdo | Sí | Negociable | Finiquito + lo que se pacte por escrito |
Cuidado con el convenio. Que la empresa lo llame «liquidación» no significa que incluya la indemnización. Revisa el desglose concepto por concepto antes de firmar: si solo ves días trabajados, aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, eso es un finiquito, no una liquidación.
Para entender en detalle cada componente del finiquito (salario pendiente, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo), lee la guía completa: Finiquito: qué es, qué incluye y cómo se calcula (2026). Y si prefieres hacer tú las cuentas de ese primer bloque, la guía de cómo calcular el finiquito paso a paso trae las seis fórmulas con un ejemplo de 2026 resuelto peso por peso.
Qué incluye la liquidación por despido injustificado
Una liquidación completa en México suma siete conceptos. Los cuatro primeros son el finiquito; los tres últimos son la indemnización propiamente dicha:
Concepto | Cuánto es | Base legal |
|---|---|---|
Días trabajados no pagados | Salario diario × días del periodo pendiente | Art. 82 LFT |
Aguinaldo proporcional | 15 días mínimo al año, en proporción a los días trabajados | Art. 87 LFT |
Vacaciones no gozadas | Días que te correspondan según antigüedad, proporcionales | Art. 76 LFT |
Prima vacacional | 25% mínimo sobre el importe de esas vacaciones | Art. 80 LFT |
Indemnización constitucional | 3 meses (90 días) de salario diario integrado | Art. 48 LFT |
20 días por año trabajado | 20 días de salario integrado por cada año de servicio | Art. 50, fracc. II LFT |
Prima de antigüedad | 12 días de salario por año, con tope de 2 salarios mínimos | Art. 162 LFT |
Matiz sobre los 20 días por año. No son automáticos en toda salida. El artículo 50 de la LFT los prevé cuando el trabajador demanda y no procede o no se opta por la reinstalación, entre otros supuestos. En una liquidación negociada de forma amistosa muchas empresas no los ofrecen, y ahí es donde se decide si conviene negociar o acudir al Centro de Conciliación.
Desde la reforma de «vacaciones dignas» de 2023, los días de vacaciones arrancan en 12 el primer año y suben 2 por año hasta llegar a 20 (Art. 76 LFT). Si en tu cálculo te aplicaron 6 días, está mal. Tienes el desglose completo en nuestra guía de prestaciones de ley en México.
Cómo se calcula la liquidación paso a paso
El cálculo tiene cinco pasos y la clave está en usar el salario correcto en cada uno. El finiquito se calcula con el salario diario simple; la indemnización, con el salario diario integrado (SDI), que es mayor. Confundirlos es el error más caro.
Calcula tu salario diario (SD). Divide tu salario mensual bruto entre 30. Si ganas $18,000 al mes, tu SD es $600.
Calcula tu salario diario integrado (SDI). Suma al SD la parte proporcional del aguinaldo y de la prima vacacional: SDI = SD × [(365 + días de aguinaldo + días de prima vacacional) / 365]. Este es el salario que manda la ley para la indemnización (Art. 89 LFT).
Suma los conceptos del finiquito. Días pendientes, aguinaldo proporcional, vacaciones proporcionales y prima vacacional, todos con el SD.
Suma la indemnización. 90 días de SDI, más 20 días de SDI por cada año trabajado, más la prima de antigüedad (12 días por año, con el tope de 2 salarios mínimos).
Resta las deducciones. ISR sobre la parte gravada, además de préstamos o adeudos que tengas documentados con la empresa.
El tope de la prima de antigüedad. La base de la prima de antigüedad se topa en el doble del salario mínimo. En 2026 el salario mínimo general es de $315.04 diarios, así que el tope es de $630.08 por día (fuente: Resolución CONASAMI publicada en el DOF el 9 de diciembre de 2025). Si tu salario diario es menor que ese tope, se usa tu salario real.
Ejemplo real: liquidación de alguien que gana $18,000 al mes
Con 4 años de antigüedad y un despido injustificado, la liquidación de un salario de $18,000 mensuales ronda los $157,000 brutos. Este es el desglose completo. Supuestos: Ana gana $18,000 al mes, lleva 4 años en la empresa y la despiden el 15 de julio de 2026 sin causa justificada. Le deben 15 días del mes en curso. Ese total incluye los $50,564 de los 20 días por año, que solo aplican en los supuestos del artículo 50 de la LFT; en un convenio amistoso sin esos 20 días, la liquidación de Ana bajaría a unos $106,766 brutos.
Primero los salarios base: SD = 18,000 / 30 = $600.00. Con 4 años le corresponden 18 días de vacaciones, y su prima vacacional son 4.5 días. SDI = 600 × [(365 + 15 + 4.5) / 365] = 600 × 1.0534 = $632.05.
Concepto | Cálculo | Importe (MXN) |
|---|---|---|
Días trabajados (15 días) | 15 × $600.00 | $9,000.00 |
Aguinaldo proporcional | (15/365 × 196 días) × $600.00 | $4,832.88 |
Vacaciones proporcionales | (18/365 × 196 días) × $600.00 | $5,799.45 |
Prima vacacional (25%) | $5,799.45 × 0.25 | $1,449.86 |
Subtotal finiquito | $21,082.19 | |
Indemnización de 3 meses | 90 × $632.05 | $56,884.50 |
20 días por año (4 años) | 80 × $632.05 | $50,564.00 |
Prima de antigüedad | 48 días × $600.00 | $28,800.00 |
Subtotal indemnización | $136,248.50 | |
TOTAL BRUTO | $157,330.69 |
Nota sobre el aguinaldo y las vacaciones proporcionales: 196 son los días transcurridos del 1 de enero al 15 de julio. La prima de antigüedad usa $600 y no el tope de $630.08 porque el salario diario de Ana es menor que el tope.
La diferencia entre aceptar el primer ofrecimiento y calcular bien puede ser enorme. En este ejemplo, si la empresa solo ofreciera el finiquito ($21,082), Ana estaría dejando de percibir $136,248, es decir el 87% de lo que legalmente le corresponde.
Tabla de referencia: cuánto es la liquidación según tu salario y antigüedad
Si quieres una cifra rápida sin hacer todo el cálculo, esta tabla estima la indemnización por despido injustificado (los 3 meses de salario, los 20 días por año y la prima de antigüedad) para los perfiles más comunes. Es la parte del monto que marca la ley y se puede proyectar; el finiquito proporcional (días trabajados, aguinaldo y vacaciones pendientes, que suele sumar entre $15,000 y $30,000) va aparte, según los días que te deban al salir.
Antigüedad | $10,000/mes | $15,000/mes | $20,000/mes | $30,000/mes |
|---|---|---|---|---|
1 año | $42,500 | $63,700 | $84,500 | $123,000 |
3 años | $64,600 | $96,900 | $127,900 | $180,500 |
5 años | $86,800 | $130,200 | $171,400 | $238,200 |
10 años | $142,100 | $213,100 | $279,800 | $381,900 |
Supuestos: despido injustificado con los 20 días por año incluidos, salario diario integrado con 15 días de aguinaldo y prima vacacional del 25% sobre las vacaciones de ley, y prima de antigüedad topada a 2 salarios mínimos ($630.08 diarios en 2026). Las cifras están redondeadas y son estimaciones: tu monto real depende de tu antigüedad exacta, tus días pendientes y la fecha del despido. El método sigue los artículos 48, 50, 89 y 162 de la Ley Federal del Trabajo, los mismos que usamos en el ejemplo de arriba.
Ojo con los 20 días por año: no siempre se pagan. Los 20 días por año solo proceden en los supuestos del artículo 50 de la LFT (cuando demandas y no se opta por la reinstalación). En un convenio amistoso, muchas empresas no los ofrecen, así que la cifra baja bastante. Sin los 20 días, la indemnización de $10,000/mes con 5 años sería de unos $51,600 en vez de $86,800, y la de $20,000/mes con 5 años, unos $101,100 en vez de $171,400. Revisa si tu caso encaja en el artículo 50 antes de aceptar cualquier ofrecimiento.
Prima de antigüedad: el concepto que casi nadie reclama
La prima de antigüedad son 12 días de salario por cada año trabajado y se paga en todo despido, justificado o no. Es el concepto que más se omite en los convenios porque mucha gente ni sabe que existe. Está en el artículo 162 de la LFT.
En despido (justificado o injustificado): se paga siempre, sin importar la antigüedad.
En renuncia voluntaria: solo si tienes 15 años o más de servicio.
Base de cálculo: tu salario diario, topado a 2 salarios mínimos ($630.08 diarios en 2026).
Impuestos: cuánto ISR te retienen de la liquidación
La liquidación sí paga ISR, pero con una exención importante: 90 UMA por cada año de servicio quedan libres de impuesto. La UMA en 2026 es de $117.31 diarios (INEGI, vigente desde el 1 de febrero de 2026), así que la exención es de $10,557.90 por año trabajado. Sobre el excedente se aplica la retención conforme al artículo 96 de la Ley del ISR.
Ojo con la distinción: los conceptos del finiquito (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional) tienen sus propias reglas de exención y se acumulan a tu ingreso del ejercicio. Por eso el monto neto que recibes siempre es menor al bruto que calculaste, y por eso conviene pedir el desglose fiscal a la empresa.
Pide el CFDI de nómina con el complemento de separación. Es tu comprobante de qué te pagaron y cuánto te retuvieron. Sin él, reclamar después es mucho más difícil.
Liquidación por despido en LATAM: México, Colombia, Argentina, Perú y Chile
Cada país calcula la indemnización con una lógica distinta, y la antigüedad pesa mucho más en unos que en otros. Si trabajas en remoto para una empresa de otro país, revisa siempre qué legislación rige tu contrato. Este es el panorama general: En Chile, además, el reclamo por despido se ingresa ante la Dirección del Trabajo, que tiene sus propios plazos (60 días hábiles, con tope de 90). En Colombia el cálculo se separa en prestaciones e indemnización, y lo detallamos en la guía de la calculadora laboral y cómo calcular tu liquidación.
País | Indemnización por despido injustificado | Norma |
|---|---|---|
México | 3 meses + 20 días por año (Art. 50) + prima de antigüedad de 12 días por año | Ley Federal del Trabajo |
Colombia | 30 días por el primer año y 20 días por año adicional (salarios menores a 10 SMMLV) | Art. 64 Código Sustantivo del Trabajo |
Argentina | 1 mes de la mejor remuneración por cada año de servicio, con un mínimo de 1 mes | Art. 245 Ley de Contrato de Trabajo 20.744 |
Perú | 1.5 remuneraciones por año en contratos indefinidos, con tope de 12 remuneraciones | D.S. 003-97-TR |
Chile | 1 mes por año trabajado, con tope de 11 meses, más el mes de aviso previo | Art. 163 Código del Trabajo |
Verifica siempre la norma vigente de tu país. Las cifras de esta tabla son el marco general de cada legislación y pueden variar según el tipo de contrato, el nivel salarial y las reformas recientes. Para un caso concreto, consulta a la autoridad laboral local o a un abogado.
Esta tabla cubre cuánto se paga. Si lo que necesitas es entender antes qué tipo de despido te aplicaron, porque de eso depende que te corresponda indemnización o no, lo desglosamos país por país en la guía de despidos laborales: tipos, causas e indemnización por país, que incluye también los topes de cada legislación y qué despidos dan derecho a prestación por desempleo.
Qué hacer si no te pagan o te pagan de menos
Tienes 2 meses para reclamar un despido y 1 año para el resto de las acciones laborales. Los plazos del artículo 518 y 516 de la LFT son cortos y corren desde el día siguiente a la separación, así que no conviene dejarlo pasar. Estos son los pasos:
No firmes de inmediato. Pide el desglose por escrito y tómate el tiempo de revisarlo contra los conceptos de este artículo.
Reúne tus documentos. Contrato, recibos de nómina de los últimos 12 meses, y cualquier comunicación del despido.
Acude al Centro de Conciliación. En México la conciliación prejudicial es obligatoria antes de demandar. Es gratuita y no necesitas abogado para iniciarla.
Si no hay acuerdo, demanda. El Centro te emite la constancia de no conciliación y con ella acudes al Tribunal Laboral.
Firmar no valida un cálculo incorrecto. El artículo 33 de la LFT establece que la renuncia a prestaciones ya devengadas es nula. Si firmaste un convenio por debajo de lo que te correspondía, todavía puedes reclamar la diferencia dentro del plazo.
Después de la liquidación: tu siguiente paso
Una liquidación bien calculada te compra algo más valioso que el dinero: tiempo para elegir bien tu próximo trabajo en lugar de aceptar el primero que aparezca. Aprovéchalo. Actualiza tu CV, define tu rango salarial objetivo y empieza a buscar con criterio.
Si vas a negociar tu sueldo en el siguiente proceso, te sirve nuestra guía de cómo negociar tu salario sin miedo y con datos. Y si la salida fue por decisión tuya, revisa cómo hacerlo bien en la guía de carta de renuncia: formato y ejemplos.
Estas son algunas vacantes abiertas ahora mismo en Vacantes.com:
Puedes ver más guías en la categoría de Carrera profesional del blog.
Aviso: este artículo es informativo y no sustituye la asesoría legal. Las cifras corresponden a la normativa vigente en julio de 2026. Para tu caso concreto, acude al Centro de Conciliación o a un abogado laboral.
Preguntas frecuentes
- 01¿Cuál es la diferencia entre liquidación y finiquito?
- El finiquito es lo que ya te ganaste y se paga en cualquier terminación de contrato: días trabajados, aguinaldo proporcional, vacaciones no gozadas y prima vacacional. La liquidación incluye ese finiquito más una indemnización por el despido: 3 meses de salario diario integrado, 20 días por año trabajado en los supuestos del artículo 50 de la LFT, y la prima de antigüedad de 12 días por año. En resumen: si renunciaste cobras finiquito; si te despidieron sin causa justificada, cobras liquidación.
- 02¿Cómo saber si me toca finiquito o liquidación?
- Depende de quién terminó la relación y por qué. Te toca solo finiquito si renunciaste voluntariamente, si terminó un contrato temporal o si el despido fue justificado conforme al artículo 47 de la LFT y la empresa te entregó el aviso por escrito. Te toca liquidación completa si el despido fue injustificado, si la empresa cerró o hizo un recorte, o si tú rescindiste el contrato por una causa imputable al patrón según el artículo 51 de la LFT.
- 03¿Cómo se calcula la liquidación por despido paso a paso?
- Primero calcula tu salario diario dividiendo el sueldo mensual bruto entre 30. Luego tu salario diario integrado: SD × [(365 + días de aguinaldo + días de prima vacacional) / 365]. Suma los conceptos del finiquito con el salario diario simple, y la indemnización con el integrado: 90 días más 20 días por cada año trabajado. Añade la prima de antigüedad (12 días por año, topada a 2 salarios mínimos) y resta el ISR y cualquier adeudo documentado con la empresa.
- 04¿Cuánto me toca de liquidación si gano 18,000 al mes?
- Con 4 años de antigüedad y un despido injustificado, la liquidación ronda los $157,330 brutos: $21,082 de finiquito (días trabajados, aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales) y $136,248 de indemnización ($56,884 de los 3 meses, $50,564 de los 20 días por año y $28,800 de prima de antigüedad). La cifra varía según tus días pendientes, tu antigüedad exacta y la fecha del despido, y de ese bruto se descuenta el ISR correspondiente.
- 05¿La liquidación por despido paga impuestos?
- Sí, pero con una exención relevante: quedan libres de ISR 90 UMA por cada año de servicio. Con la UMA de 2026 en $117.31 diarios (INEGI), la exención equivale a $10,557.90 por año trabajado. Sobre el excedente se aplica la retención del artículo 96 de la Ley del ISR. Los conceptos del finiquito tienen reglas de exención propias, así que pide a la empresa el desglose fiscal y el CFDI de nómina con complemento de separación.
- 06¿Cuándo aplican los 20 días por año?
- Los 20 días de salario por año solo proceden en los supuestos del artículo 50, fracción II, de la LFT: cuando el trabajador demanda por despido injustificado y no procede o no se opta por la reinstalación. Es el caso, por ejemplo, de una antigüedad menor a un año, puestos de confianza, trabajo doméstico o eventual, o cuando la relación de trabajo ya no se puede reanudar. No son automáticos: en un convenio amistoso muchas empresas solo pagan los 3 meses de indemnización y la prima de antigüedad, sin incluir los 20 días por año. Por eso conviene revisar si tu caso encaja en el artículo 50 antes de firmar cualquier ofrecimiento.